Resolución de Superintendencia Nº 059-2017/SUNAT

Resolución de Superintendencia Nº 059-2017/SUNAT.

Devolución de saldos a favor del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría

 

La presente Resolución entrará en vigencia el día 07-03-17.

 

Devolución de saldos a favor del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría

 

Mediante la presente Resolución, se establecen los mecanismos para la solicitud de devolución del saldo a favor del impuesto a la renta de tercera categoría consignado en la declaración jurada anual del impuesto a la renta.

 

La solicitud de devolución puede ser efectuada a través del Formulario Nº 4949 “Solicitud de devolución” o mediante SUNAT Virtual.

 

La devolución a través de SUNAT Virtual se realizará mediante el formulario Virtual Nº 1649 “Solicitud de Devolución”, para ello se debe de cumplir con las siguientes condiciones:

 

Haber presentado el Formulario Virtual Nº 704: Renta Anual 2016 – Tercera Categoría o el formulario virtual, que no sea PDT.

 

Que se apruebe para la presentación de la declaración jurada anual del impuesto a la renta de tercera categoría de los ejercicios gravables siguientes, consignando la opción 1 “Devolución” y un monto mayor a cero (0) en la casilla 138 o la casilla que equivalga a aquella de dichos formularios.

 

Ingresar al enlace “Solicitud de devolución – Rentas de Tercera Categoría”, habilitado en SUNAT Operaciones en Línea, inmediatamente después de haber realizado la presentación a que se refiere el inciso anterior.

 

De no ingresar al citado enlace en dicha oportunidad, el declarante solo podrá solicitar la devolución del saldo a favor por rentas de tercera categoría presentando en la dependencia de la SUNAT que corresponda, el escrito fundamentado al que adjuntará el Formulario Nº 4949 “Solicitud de devolución”, salvo que rectifique o sustituya la declaración a que alude el inciso anterior.

 

No tener una solicitud de devolución de pagos indebidos o en exceso del impuesto a la renta por rentas de tercera categoría correspondiente al ejercicio gravable por el que se solicita la devolución del saldo a favor por rentas de tercera categoría que se encuentre pendiente de atención por la SUNAT.

 

No haber sido notificado por la SUNAT con una resolución que declare improcedente, procedente o procedente en parte una solicitud de devolución de pagos indebidos o en exceso del impuesto a que se refiere el inciso anterior o de devolución del saldo a favor por rentas de tercera categoría”.

COMENTARIOS:

  • Para poder reclamar la devolución del saldo a favor por impuesto a la renta de tercera categoria, se debe de cumplir los requisitos mencionados, recuerden que se trata del impuesto a al renta de tercera categoría, cuyo formulario virtual es el N°704.

 

  • Se Solicita mediante sunat virtual, para ello se ingresa al enlace “Solicitud de devolución – Rentas de Tercera Categoría» luego de haber presentado la declaración, de no ingresar al enlace, se optaría por solicitar mediante el escrito  fundamentado al que adjuntará el Formulario Nº 4949 “Solicitud de devolución”

 

Donald Lalangui D.

Hola, me llamo Donald, soy Creador, Administrador y Escritor de Emprendimiento contable Perú.

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