CTS MAYO 2020 EN TIEMPOS DE PANDEMIA EN EL PERÚ.
Hola estimado lector quiero agradecerte por el tiempo que te das por leer cada uno de los artículos y además por contribuir con el estado de emergencia nacional (respetando las indicaciones del gobierno). En esta oportunidad vamos a responder a una posibles preguntas que se presentan acerca de la cts del mes de mayo en esta época de pandemia.
Índice de contenidos
¿Que es la compensación por tiempo de servicios?
Es el beneficio que le corresponde a los trabajadores, como beneficio social, por el tiempo brindado a la empresa. Ojo no todos los trabajadores, pueden recibir este beneficio va a depender del tipo de contrato y del tipo de empresa.
¿Los independientes recibimos este beneficio de cts y de que manera?
Los independientes, que ofrecen sus servicios mediante recibo por honorarios no están contemplados en este beneficio y tampoco pueden obligar a las empresas hacia quienes le ofrecen el servicio a cargar ningún monto adicional al recibo por honorario.
Los independientes informales ( que no emiten ningún comprobante ) tampoco están contemplados, sin embargo como recomendación, deben abrir una cuenta de ellos y colocar un monto para que tenga un ahorro para situaciones difíciles que se presenten a futuro; tal como el caso que se está dando.
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¿Es verdad que sólo se considera meses completos?.
No, el requisito es que se debe de tener como mínimo un mes completo de trabajo y cuatro horas diarias como mínimo, sin embargo cuando el trabajador cuente con un mes incompleto se debe de calcular el periodo en días y se sumara a la cantidad de días, dando un solo monto a depositar.
¿Que empresas no pagan cts y quienes están obligadas?.
No están obligadas a realizar el deposito de la cts en los meses de mayo y/o noviembre las empresas:
- Del sector agrario, su cts se incluye mensualmente en su remuneración.
- Las que tengan trabajadores acogidos al régimen de construcción civil, pescadores, artistas y casos análogos; ellos se encuentran regidos por sus propias normas.
- Las trabajadores del hogar.
- La empresa inscrita en el REMYPE. Sólo a los nuevos trabajadores, después de haber estado inscritos en el Remype. Es decir si la empresa no se inscribió en el Remype y tenía trabajadores, estos van a recibir su cts, pero para los trabajadores que iniciaron labores cuando la empresa ya estaba inscrita en el Remype, a ellas no se les deposita la cts.
- Las del régimen 276, que se rigen por sus propias normas.
Las empresas obligadas a realizar el depósito de la cts, son las de la actividad privada ( régimen 728) régimen general y las empresas del régimen MYPE( sus ingresos no sean mayores a 150 UIT) que no se encuentren inscritas en el Remype.
¿Me va a depositar mi empleador la cts en mayo? ¿Podría prorrogar (retrasar) el pago?
La empresa está obligada a pagar el deposito de la cts hasta el 15 de mayo del 2020.Pero debido a que nos encontramo en un estado de emergencia, la empresa podría retrasar el depósito de la cts hasta el mes de noviembre en todos los casos, excepto cuando se trate de trabajadores que ganen S/ 2,400 o menos y/o se encuentren bajo suspensión perfecta.
¿Cuántas veces al año se deposita la cts, y en que mes?
Se deposita en el mes de mayo y en el mes de noviembre cada año; tener en cuenta que el periodo computable para el deposito de mayo es desde el mes de primer dia del mes de noviembre hasta el ultimo dia del mes de abril; para el depósito de noviembre, el periodo computable es desde el primer día de mayo hasta el último dia del mes de octubre.
¿Cuanto es el exceso en la cuenta de cts que puedo retirar?
Antes de responder esta pregunta hay que tener en cuenta que el trabajador que ya no labore en la empresa, tiene derecho a retirar el 100% de su cts, para ello la empresa le emite una carta de retiro cts.
Ahora respondiendo esta pregunta el exceso de retiro de cts para los trabajadores que se encuentran aún laborando en la empresa es de 4 sueldos netos; es decir que si el monto de su cts del trabajador excede a 4 remuneraciones, ese exceso puede ser retirado de la cuenta de cts del trabajador.
Si estoy en suspensión perfecta desde el 4 de abril. ¿Me corresponde que se me deposite la cts y en qué mes?
Si te encuentras en régimen 728 de la actividad privada, debes tener en cuenta que debes de tener como mínimo un mes de haber laborado y la suspensión perfecta no es impedimento para que te depositen la cts, que es hasta el 15 de mayo del 2020. con respecto al mes de abril, sólo se te pagará por los 14 días ( ojo sólo en abril)
¿Puedo retirar toda mi cts si aún sigo laborando?.
No, sólo puedes retirar el exceso de 4 remuneraciones netas.
¿Puedo solicitar un adelanto de mi cts a mi empleador?.
El decreto de urgencia 038-2020 establece que si puede pedir el adelanto de su cts de mayo y además la gratificación del mes de julio del 2020. el periodo computable es hasta la fecha de la solicitud. Sólo para los trabajadores que se encuentren en suspensión perfecta.
¿Qué conceptos son considerados para el cálculo de la cts?.
La gratificación del mes anterior al depósito de la cts dividido entre 1/6, El sueldo bruto, la asignación familiar y las horas extras.
Estuve de vacaciones. ¿se considera ese periodo para el cálculo de mi cts?.
Si se considera como periodo computable para el calculo de la cts las vacaciones.
Estoy con licencia con goce de haber compensable . ¿Se calcula ese periodo para el cálculo de la cts?
Si, se considera la licencia con goce de haber compensable para el cálculo de la cts.
Para ver casos prácticos te invito a vitar el siguiente enlace