Confirmaciones Externas (NIA 505)

Norma Internacional de Auditoria Nº 505.

La presente norma internacional de auditoria debe ser interpretada conjuntamente con la norma internacional de auditoria 200 (NIA 200).

Confirmaciones Externas según la NIA 505 Clic para tuitear

1. Introducción.

1.1 Alcance de la norma internacional de auditoria.

La presente norma internacional de auditoria trata acerca de que el auditor puede emplear los procedimientos de auditoria para la confirmación externa para poder obtener evidencia de auditoria conforme a los requerimientos de la NIA 330 y la NIA 500.

1.2 Procedimientos de confirmación externa para obtener evidencia de auditoria.

La NIA 500 indica que la fiabilidad que la evidencia de auditoria es afectada por su origen y naturaleza, y depende exclusivamente de las circunstancias concretas de las que se obtiene. La presente NIA 505 incluye las siguientes generalizaciones aplicables a la evidencia de auditoria:

a. La evidencia es más fiable si estas evidencias son obtenidas de fuentes independientemente externas a la entidad auditada.

b. La evidencia que obtiene el auditor por el mismo, utilizando su propio criterio es mas fiable que la obtenida por inferencia.

c. La evidencia de auditoria es más fiable si existe en forma de documento, ya sea en formato papel, soporte digital u otro medio.

En consecuencia, dependiendo de las circunstancias de la auditoria, la evidencia en forma de confirmaciones externas recibidas directamente por el auditor de las fuentes confirmante externas son más fiables que por la evidencia obtenida por parte de la entidad.

2.Objetivo.

El objetivo de la NIA es que el auditor cuando utilice procedimientos de confirmaciones externas es, se pueda diseñar y aplicar aquellos procedimientos para poder obtener evidencia e auditoria fiable y relevante.

3.Definiciones.

confirmación externa.

Es aquella evidencia de auditoria que se obtiene directamente por parte de un tercero hacia el auditor ya sea en formato papel, medio electrónico u otro.

Solicitud de confirmación positiva.

Solicitud dirigida a  la parte confirmante para que responda directamente al auditor sobre si está de acuerdo o en desacuerdo con la información incluida en dicha solicitud o que facilite la información solicitada.

Solicitud de confirmación negativa.

Solicitud dirigida a  la parte confirmante para que responda directamente al auditor únicamente cuando esta en desacuerdo con la información incluida en la solicitud.

Sin contestación.

Cuando no hay respuesta, o existe una respuesta parcial por parte de la parte confirmante a una solicitud de confirmación positiva o una solicitud de confirmación devuelta sin entregar.

Contestación en disconformidad.

Es aquella respuesta que pone en discrepancia entre la información que se solicitó confirmación a la parte confirmante, o aquella que se que se encuentra en los registros de la entidad y la información que facilita la parte confirmante.

4.Requerimientos.

4.1 Procedimientos de confirmación externa.

Al utilizar los procedimientos de confirmación externa, el auditor mantendrá el control de las solicitudes de confirmación externa; lo cual implicara:  Que se determine la información que se va a confirmar o solicitar, la selección de la parte confirmante adecuada, que el diseño de las solicitudes de confirmación sean adecuadas para así poder obtener respuestas directas hacia el auditor y por último que el envío de las solicitudes a  la parte confirmante, inclusive las solicitudes de seguimiento cuando proceda.

4.2 La negativa de la dirección para que el auditor envíe una solicitud de confirmación.

si la dirección se negara a que el auditor pueda enviar solicitudes de confirmación; consecuentemente el auditor tendrá que indagar los motivos de dicha negativa obteniendo evidencia de auditoria sobre la validez y la razonabilidad de dichos motivos, evaluará las implicancias de la negativa por parte de la dirección lo correspondiente   al riesgo de incorrección material inclusive el riesgo de fraude y  aplicará los procedimientos de auditoria alternativos que se diseñan con el único propósito de obtener evidencia de auditoria relevante y adecuada.

4.3 Resultados de la confirmación externa.

La fiabilidad de las confirmaciones.

Si el auditor llega a identificar los factores que originen dudas en la fiabilidad de la respuesta a una solicitud de confirmación, el auditor obtendrá evidencia de auditoria adicional para poder resolver dichas dudas.

Sin respuesta en las solicitudes de confirmación.

Cuando no exista una respuesta de confirmación, el auditor aplicara procedimientos e auditoria alternativos con el único propósito de obtener evidencia de auditoria relevante y fiable.

Contestación de la solicitud de confirmación en disconformidad.

Cuando exista disconformidad en las solicitudes, el auditor investigará dicha disconformidad para poder determinar si son indicativas o no de incorrecciones.

4.4 Confirmaciones negativas.

Las confirmaciones brindan evidencia de auditoria menos convincente si la comparamos con las confirmaciones positivas. por ende el auditor no utilizaría solicitudes de confirmación negativa como procedimiento de auditoria para poder responder a un riesgo valorado.

4.5 Evaluación de la evidencia obtenida.

El auditor evaluará si la evidencia que e obtiene de las confirmaciones externas proporcionan evidencia de auditoria relevante y fiable de ser necesario la evidencia de auditoria adicional.

Referencias.

Confirmaciones Externas (NIA 505)

Donald Lalangui D.

Hola, me llamo Donald, soy Creador, Administrador y Escritor de Emprendimiento contable Perú.

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